martes, 18 de agosto de 2015

Acoso cibernético

Ante un tema desconocido, lo mejor es definir sobre lo que estamos hablando para poder comprender el origen del mismo. En este caso precisaremos lo que es el acoso cibernético o ciberbullying, el cual se fundamenta en manipular la tecnología para amenazar, ridiculizar o criticar destructivamente a otra persona. En el caso del mundo cibernético cuenta todo aquello que sea colocado en medios digitales o redes sociales, así como otras nuevas tecnologías, desde teléfonos o computadoras, fotografías o mensajes tanto públicos como privados que inciten al ataque despectivo, la burla, la discriminación, el odio o amenazas en contra de alguien, bien sea por su orientación sexual, raza, género, religión, discapacidad mental o física.
Algunas leyes del mundo no hacen referencia directa al acoso cibernético pero sí al hostigamiento, por ejemplo; de manera que indirectamente pueden utilizarse leyes empleando analogías.
En Venezuela existen artículos relacionados al Código Penal; Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT); Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; Ley de Estatuto de la Función Pública; Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Una Vida Libre de Violencia; La Ley Orgánica para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (LOPNA) que por ejemplo, en su Artículo 32 hace referencia al Derecho a la integridad personal, el cual establece que “Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la integridad personal. Este derecho comprende la integridad física, síquica y moral”.
En nuestro país existe la Ley Especial contra los Delitos Informáticos, la cual tiene por objeto la protección integral de los sistemas que utilicen tecnologías de información, así como la prevención y sanción de los delitos cometidos contra tales sistemas o cualquiera de sus componentes o los cometidos mediante el uso de dichas tecnologías, en los términos previstos en esta ley, sin embargo no hace planteamiento explícito de protección en cuanto al acoso cibernético.

Planteándolo de este modo y haciendo uso del sentido común, lo más lógico es que al referirnos al acoso cibernético a niñas, niños y adolescentes, tomando en cuenta que no tienen la mayoría de edad como para discernir correctamente o poner límites a situaciones de hostigamiento, valdría la pena que en cada hogar se establezca la supervisión del uso de medios digitales, informáticos y aparatos electrónicos que pueden llegar a ser susceptibles al mal uso del mismo. Recordemos que estos medios o aparatos electrónicos, por sí solos no son negativos. Lo malo, en este caso, es el uso que se les dé, bien pueden servir para salvar una vida en un momento determinado como también pueden servir para acabar con la buena salud mental de una persona.
Por lo tanto es importante saber algunas características del acoso en línea:
  • Los agresores pueden ser ocultos o visibles.
  • El acosador casi siempre tiene destreza sobre el uso de Internet.
  • Hay poca percepción del daño.
  • La agresión es en multimedia. Es decir, casi siempre hay uso de fotografías o videos.
  • La mayoría de las veces el acosador intenta dañar la reputación de la víctima manipulando a la gente en su contra.
  • El agresor recopila información sobre la víctima, de manera que monitoriza lo que hace la víctima en Internet.
  • Implican a terceros, de manera que manipulan a otros para que acosen a la víctima.
  • No necesita la proximidad física con la víctima ya que es considerado un acoso psicológico.
  • El ciberacosador consigue gozo en la preparación del acto violento, de imaginar el daño ocasionado en el otro, ya que no puede vivirlo in situ.
  • La víctima se siente indefensa, en muchos casos culpable.
  • El acosador se siente en una posición de poder desde el anonimato.
Vale la pena hacer referencia a que el ciberacoso puede incluir varios ámbitos conocidos, como por ejemplo: El acoso académico, el profesional o laboral, social y el amoroso.
Recordemos que hoy en día, casi todas los seres humanos hacemos uso de las tecnologías disponibles. Parece mentira que haya avanzado tanto pero sin darnos cuenta, muchos tenemos desde teléfonos celulares inteligentes hasta redes sociales que al estar en boga nos plantean una vida paralela donde figurativamente muchos pretenden ser lo que no son en la vida real. Bien dice una frase famosa: “No hagas o digas en Internet lo que no eres capaz de hacer o decir cara a cara fuera de la red”.
¿Cómo podemos prevenir el acoso en redes?
Administrar el uso de Internet. Estableciendo un horario del uso de Internet de los niñas, niños y adolescentes. Por ejemplo, que lo utilicen sólo cuando esté un adulto presente.
Resguardar la seguridad, tanto de niñas, niños, adolescentes y de los adultos, ya que nadie está libre de experimentar lo que es el acoso cibernético. Por ejemplo, no proporcionar información que comprometa la integridad de la familia. Al usar el sentido común e implementar el uso de claves o mecanismos de seguridad, podemos prevenir muchas situaciones incómodas.
Es muy importante documentar todo aquello que consideremos un ataque directo hacia nosotros los adultos o nuestros niños, niñas o adolescentes. Por ejemplo, guardar mensajes impropios, fotografías, capturas de pantalla, bien sea en la computadora o teléfono, lo cual es una imagen que captura los elementos vistos en el monitor u otro dispositivo de salida visual.
Para finalizar, pero no menos relevante, es el simple hecho de denunciar lo que ocurra previa recopilación de las pruebas que documenten dichos actos de acoso.
No debemos olvidar jamás que si no se hace nada para frenar este tipo de situaciones de acoso cibernético, esto servirá como refuerzo de una actitud negativa como también el mal manejo de herramientas que bien pudiesen servir para muchos aspectos positivos de nuestras vidas, es decir, es preferible siempre darle un buen uso enfocando dichas herramientas tecnológicas como medios eficaces para divulgar informaciones de interés para la sociedad.
Recordemos siempre la importancia de ser un buen ciudadano implementando el respeto, la tolerancia, valores familiares y supervisión a nuestros hijos.
Lo mejor es tener una actitud de asertiva, entendiendo que es el comportamiento comunicacional en el cual la persona no agrede ni se somete a la voluntad de otras personas, sino que manifiesta sus convicciones y defiende sus derechos. Expresarse consciente, congruente, directa y equilibradamente, con el fin de comunicar nuestras ideas y sentimientos sin la intención de herir o perjudicar al prójimo.

Autora: Karla Ávila, Fuente: http://www.amnistia.ong/group/bolivar/Blog/consideraciones-sobre-acoso-cibernetico

martes, 4 de agosto de 2015

Venezuela, donde tus amigos gays no pueden donarte sangre

Félix Fernández es un hombre gay, joven, que goza de buena salud, tiene su pareja desde hace 6 años y un mes. Actualmente, ni él ni nadie en su entorno necesitan de una donación de sangre. Sin embargo, se plantea el caso de que requiera de algún tipo de transfusión sanguínea.

–¿Qué va a pasar conmigo si enfermo? Vivo en otra ciudad a donde me vine con mi pareja, alejado de mi entorno familiar, y la familia de él no me acepta, es decir, no me donaría sangre. Mi pareja no puede porque tuvo hepatitis cuando niño. Mis nuevas amistades son activistas de la organización Orgullo Guayana, a quienes les impedirían donar sangre (a menos que nieguen su orientación sexual). Si llegase a necesitar donantes me las vería muy mal porque tendría que apelar a voluntarios.

También está el caso de que él desee contribuir con su sangre para salvarle la vida a una persona: “Sería excluido, acaso ¿mi sangre no vale?”


Esta es una realidad para las personas homosexuales en Venezuela, tal y como lo refiere en su página web la Sociedad Venezolana de Hematología, donde se especifica, claramente, en la categoría de quienes no pueden donar sangre a los hombres que hayan tenido sexo con hombres.

Aunque no se menciona el caso de las mujeres, en conversaciones con una trabajadora de un banco de sangre de la Isla Margarita se conoció que queda a discreción de la persona que tome la muestra decidir si descarta o no a un potencial donante por considerarlo riesgoso, grupo en el que se incluiría a la mujer lesbiana.


En otra conversación con una persona vinculada al área de la salud y lesbiana, la opinión es contundente: “para no ser discriminado debes cambiar la actitud que te puso en primer lugar como factor de riesgo. La realidad es que los gays en su mayoría son promiscuos y en estos momentos que vive el país sin reactivos no se pueden dar el lujo en los bancos de sangre de perderlos con personas que representen un riesgo. Si quieres donar sangre debes mantener tu vida privada como privada. Créeme que eso es una pelea pérdida porque tiene su lógica, causa y justificación. Es ser objetivo y con la salud se debe ser objetivo”.


MI SANGRE TAMBIÉN VALE

Ante esta situación que impera en el sistema de salud venezolano, la Asociación Civil Orgullo Guayana, ubicada en el sur del país, viene realizando desde el año 2008 una serie de peticiones ante organismos públicos como la Defensoría del Pueblo y el Consejo Legislativo Regional de Bolívar a fin de que se le permita a la persona homosexual donar sangre. Además, hace talleres de formación y actividades de calle.

El más reciente comunicado enviado en julio de este año estuvo dirigido al defensor del Pueblo, Tarek William Saad, en el cual le expresan que, además de ser un flagrante atentado contra la dignidad humana, el impedirle a los homosexuales donar sangre contraviene el artículo 21 de la Constitución Bolivariana de Venezuela y la sentencia 190-2008 dictada por el Tribunal Supremo de Justicia.


MAS ALLÁ DE NUESTRAS FRONTERAS

La sentencia de la Corte Constitucional de Colombia sobre el derecho a la igualdad y no discriminación de donantes homosexuales señala en una parte que:

El criterio de la homosexualidad en hombres para diferir la donación de sangre, es un criterio que tiene su origen en un marco histórico específico, el cual ha sido reevaluado en diferentes legislaciones con fundamento en información científica más reciente sobre las causas del VIH. En efecto, estudios científicos han mostrado que una de las formas de transmisión de la enfermedad son las prácticas sexuales inseguras, y no la orientación sexual de las personas en sí misma.

La restricción de donar sangre a los hombres homosexuales constituye por tanto una medida que no es conducente para lograr identificar a los donantes que configuran un riesgo, ya que va dirigido, no a los comportamientos sexuales riesgosos que son los que realmente están expuestos a una transmisión de VIH, sino a una calidad íntima de la identidad del donante, que per se no identifica riesgo alguno.

ESTADÍSTICAS

Ilen Mata, coordinadora del programa VIH/Sida del Distrito Sanitario I del Instituto de Salud Pública (ISP) informó en un taller que en el estado Bolívar (al sur de Venezuela) la concentración de VIH se da en adolescentes y adultos jóvenes, entre los 15 a 29 años de edad, con una proporción de 1.5 a 1 entre hombres y mujeres, respectivamente.

De acuerdo a la casuística observada se ha llegado a la conclusión de que se trata de una enfermedad por contagio heterosexual, lo que echa por tierra la creencia de que sea sólo homosexual, reseñó el portal Noticias 24.

“Si lo mantiene oculto no hay problema”, es la sugerencia. Es decir, la persona es de riesgo bajo si esconde su condición de homosexual. Al revelarlo, pum, se abre un abanico de prejuicios sociales condenatorios y discriminatorios que impide que pase el primer tamiz de selección al momento de la donación. En todo caso, debería prevalecer la concepción de que la orientación sexual no es lo que define el nivel de riesgo de una persona, sino el comportamiento sexual de cada quien, sea hetero, homo o bisexual. Por lo tanto, a nadie se le debe negar el derecho a donar, sino que a toda sangre debe aplicársele los análisis correspondientes con total rigurosidad.

Autora: Deysi Ramos. Fuente: http://sinetiquetas.org/2015/08/03/venezuela-donde-tus-amigos-gays-no-pueden-donarte-sangre/

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